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Decreto no existe para la Asociación Ecuatoriana de Radiodifusión

Publicado el 13/Julio/2007 | 00:00

La Asociación de Canales de Televisión y Asociación Ecuatoriana de Radiodifusión (AER) rechazaron y amenazaron con no acatar la reforma al reglamento que impide la reproducción de videos y grabaciones clandestinas, en un comunicado público.

Los gremios aseguran que la Constitución le impide al presidente de la República crear infracciones e imponer sanciones, porque garantiza el derecho de toda persona a acceder a fuentes de información.

El decreto que emitió el Ejecutivo para prohibir las denominadas grabaciones clandestinas es “ilegal” para la AER, ya que el único que reformar el reglamento de Radiodifusión es el Consejo Nacional de Radio y Televisión, que a su vez debía enviar el documento al Ejecutivo para su sanción.

El jurista Rafael Oyarte sostiene que la reforma viola el derecho a la libertad de expresión que consta en la Carta Magna, en su art. 23, y finalmente al art.13, inciso 2, de la Convención Latinoamericana de Derechos Humanos que establece que “...no se puede estar sujeto a censura previa, sino a responsabilidades ulteriores”.

Sostiene que la reforma es “inconstitucional” por el contenido, pero también por la forma. “La tipificación y el establecimiento de sanciones es materia de ley, no de un reglamento”, y “la Constitución sostiene que para establecer una infracción, se requiere de una ley aprobada por el Congreso, mas no un decreto presidencial”.

El jurista aclara que una demanda “puede ser a través de cualquier persona con un informe de procedencia del Defensor de Pueblo con el respaldo de 1 000 ciudadanos, el Congreso mediante resolución o la Corte Suprema de Justicia”.

Las sanciones a las anotadas grabaciones ya están estipuladas dentro del art. 81 de la Ley de Radiodifusión que sostiene que a este tipo de infracción se le otorgará el 100% de la multa máxima que es de $40.

“La reincidencia podría llegar a la suspensión de la programación al aire por 90 días y si no se cumple eso puede dar pie a la terminación del contrato de concesión”, señala Jorge Yunda, presidente del Conartel.

Por su parte, el ministro de Gobierno, Gustavo Larrea, dice que “esos videos no demuestran sino que este Gobierno tiene ética, lucha contra la corrupción; es transparente”. (AIV-SK)


Lo legal

Reforma textual

Reforma al Reglamento a la Ley de Radiodifusión y Televisión: art. 1: agréguese en el art. 80 Clase III en el acápite de las sanciones administrativas, el siguiente literal:

h) Reproducir videos y/o grabaciones magnetofónicas clandestinas y/o no autorizadas a grabar por parte del que o los que aparecieren involucrados o intervengan en el video o grabación, de manera que se afecte el derecho a la intimidad y al honor de las personas consagradas en la Constitución Política de la República. Exceptúase de esta sanción a aquellos videos que hayan sido grabados por los medios de comunicación social o las instituciones del sector público, con sus propios equipos para impedir la comisión de un delito o comprobar la existencia de uno. (AIV)


Contra los derechos

Según la Constitución:

Art. 81.- El Estado garantizará el derecho a acceder a fuentes de información; a buscar, recibir, conocer y difundir información objetiva, veraz, plural, oportuna y sin censura previa, de los acontecimientos de interés general, que preserve los valores de la comunidad, especialmente por parte de periodistas y comunicadores sociales.
Asimismo garantizará la cláusula de conciencia y el derecho al secreto profesional de los periodistas y comunicadores sociales o de quienes emiten opiniones formales como colaboradores de los medios de comunicación.
En el art.13 de la Convención Latinoamericana de Derechos Humanos se prohíbe cualquier forma de medida preventiva al ejercicio de la libertad de expresión. (AIV)

Hora GMT: // - 19:00 Fuente: Diario HOY Ciudad Quito







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