DISPOSICIONES TRANSITORIAS


De la planificación económica

Trigésima novena.- Los funcionarios y empleados que actualmente prestan sus servicios personales en el Consejo Nacional de Desarrollo, CONADE, pasarán a formar parte del organismo al que se refiere el Art. 255 de esta Constitución, con la estabilidad de que gocen de acuerdo con la ley. El personal mencionado, hasta que entre en vigencia la ley que integre el organismo, estará bajo las órdenes y el control del Presidente de la República. También serán transferidos a ese organismo los bienes pertenecientes al CONADE.

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